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de la empresa St. Hippolyt Conceptos de nutrición, S.L.,
Avda. Generalitat Valenciana, 10-9, 46470 Catarroja (Valencia),
en lo siguiente llamada empresa St. Hippolyt.
General y área de validez
Nuestras condiciones de venta
están en vigor únicamente; no aceptamos condiciones
de venta contrarias o condiciones que se desvían de las nuestras,
por parte del comprador, a no ser que nosotros hallamos acordado
expresamente por escrito su validez. Nuestras condiciones de venta
también tienen validez, si realizamos la entrega al comprador
sin reservas, aun en caso de que estemos en conocimiento de condiciones
de venta contrarias o condiciones que se desvíen de las nuestras,
por parte del comprador.
Todos los acuerdos que se realizan entre nosotros y el comprador,
con el objeto del cumplimiento de este contrato, están registrados
en este contrato.
Oferta y documentos de los pedidos
En caso de que el pedido se califica
como oferta según la legislación vigente, podemos
aceptarlo dentro de dos semanas.
Referente a ilustraciones, dibujos,
cálculos y otros documentos, nos reservamos derechos de propiedad
y de autor. Esto también tiene validez para documentos que
se entienden como confidenciales. Antes de pasarlos a terceros,
por el comprador es imprescindible tener nuestro consentimiento
expreso por escrito.
Los pedidos recibidos por cualquier
medio requieren confirmación por fax debidamente sellada
y firmada e implican la aceptación a todos los términos
establecidos en la pro forma.
Precios y condiciones de pago
Si no resulta otra cosa de la
confirmación del pedido, nuestros precios se entienden “desde
fábrica“ (ex-works).
El IVA por ley no está
incluido en nuestros precios y será identificado en la factura
por separado, según la ley, el día de la facturación.
Si no resulta otra cosa de la
confirmación del pedido, el precio neto de la compra (sin
descuento) – vence enseguida – a partir de la fecha
de la factura. Las reglas legales, referente a las consecuencias
son las del retraso de pago.
Al comprador sólo corresponden
derechos de compensación, si sus pretensiones han entrado
en vigor, sin discusión por nuestra parte. Además,
sólo está autorizado al ejercicio del derecho de retención,
si su pretensión contrario se basa en la misma relación
de contrato.
Los precios están cotizados
en euros/pieza al precio fijado en nuestra tarifa de precios en
vigor. En caso de existir diferencia de precio entre el momento
del pedido y de la entrega, la mercancía será facturada
al a tarifa en vigor en el momento de la entrega, previo aviso al
comprador.
Plazo de entrega y transporte
El comienzo del plazo de entrega
que fijamos, presupone la aclaración de todas las preguntas
técnicas.
El cumplimiento de nuestro compromiso
de plazo de entrega, presupone también el cumplimiento puntual
y reglamentario de la obligación por parte del comprador.
En caso de que el comprador
se retrasa en la recepción o perjudica con falta de cooperación,
entonces tenemos el derecho de facturar daños hasta entonces
creados, incluido los esfuerzos adicionales eventuales. Otros derechos
quedan fuera de reservas.
Los plazos de entrega son sólo
aproximados y sin compromiso, no admitiéndose demanda por
daños y perjuicios por parte del cliente por demora en la
entrega. El retraso en el plazo de entrega no faculta al cliente
a la rescisión unilateral del contrato de compra.
St.Hippolyt no será responsable
por retraso en suministro de las mercancías debido a causas
imprevistas o que quedan fuera de su control, incluyendo, entre
otras las debidas a fuerza mayor, modificaciones en la legislación,
conflictos armados, retrasos imputables al transporte o a los proveedores
del vendedor, cortes en el suministro de energía eléctrica,
huelgas, etc. Los pedidos confirmados no podrán ser anulados
unilateralmente por el comprador sin la expresa confirmación
por nuestra parte si la fase de preparación de la mercancía
está avanzada. St.Hippolyt se reserva el derecho a anularlos
cuando, por causas de fuerza mayor, sea imposible su cumplimiento,
previo aviso al comprador.
El transporte siempre se factura
al comprador, según peso de la mercancía y zona donde
se encuentre el lugar de la entrega.
Bajo la condición del
párrafo (3), el riesgo de una ruina o empeoramiento casual
de la mercancía, pasa al comprador en el momento de que entra
en demora de aceptación o demora de deudor.
Además respondemos según
las disposiciones oficiales, si, siempre y cuando la demora de entrega
se basa en una infracción de contrato doloso o imprudente
por parte nuestra; hay que contar con una culpa de nuestro representante
o ayudante de cumplimientos. Si, siempre y cuando el contrato del
envío no se basa en una infracción de contrato responsabilizado
por nosotros con premeditación, nuestra responsabilidad de
indemnización por daños y perjuicios está limitada
al daño ocurrido, previsible y típico.
Respondemos también según
las disposiciones oficiales, por lo que la demora de entrega responsabilizada
de nosotros, se basa en un daño culpable de una obligación
de contrato esencial; en este caso la responsabilidad de indemnización
por daños y perjuicios está limitada al daño
ocurrido, previsible y típico.
Más derechos legales del comprador quedan reservados.
Responsabilidad de defectos
El comprador está obligado
a examinar la mercancía en el momento de la entrega, y de
no poner reparo en el albarán del transportista, si se entiende
que aquella es de su conformidad.
El comprador debe examinar los
pedidos tan pronto como le sean suministrados. Sólo se admitirán
devoluciones en caso de defecto en la cantidad o calidad de los
bienes remitidos, siempre que el comprador efectúe su reclamación
por escrito dentro de los 14 días siguientes naturales a
la recepción de las mercancías, incluyendo una descripción
del defecto percibido. Transcurrido el plazo indicado en el apartado
anterior sin haberse formalizado reclamación alguna, no se
admitirá ninguna devolución. En todo caso, las mercancías
sólo podrán ser devueltas previa aprobación
y de acuerdo con las instrucciones proporcionadas por St.Hippolyt.
En todo caso, las devoluciones de mercancías sólo
serán atendidas cuando exista autorización previa
y expresa de su admisión por nuestra parte, respetando el
embalaje original o de iguales características, y siempre,
a través del transportista seleccionado por nosotros. Una
vez obre en nuestro poder la mercancía devuelta, procederemos
a su abono tras una revisión total de la misma. Las devoluciones
de mercancías en perfectas condiciones, debidas a causas
no imputables a nosotros, y tras autorización por nuestra
parte, viajarán por cuenta, riesgo y a cargo del cliente.
Si existe un defecto de la mercancía,
tenemos el derecho de elegir entre la eliminación del defecto
o el envío de nueva mercancía libre de defectos. En
caso de la eliminación del defecto, sólo llevamos
los gastos hasta el importe del precio de compra. Falla un
post-cumplimiento, entonces el comprador tiene el derecho de elegir
entre dimisión o disminución.
Respondemos según las
disposiciones oficiales, si, siempre y cuando, el comprador formula
demandas a derechos a daños y perjuicios, que se basan en
dolo o imprudencia grave, incluyendo dolo o imprudencia grave de
nuestros representantes o ayudantes de cumplimiento. Si no nos imputan
infracción de contrato con premeditación, la responsabilidad
está limitada al daño ocurrido, previsible y típico.
Respondemos según las
disposiciones oficiales, si, siempre y cuando dañamos por
culpa nuestra una obligación de contrato esencial; pero en
este caso la responsabilidad de indemnización por daños
y perjuicios está limitada al daño ocurrido, previsible
y típico.
Si al comprador corresponde el
derecho de sustitución del daño en vez de ejecución,
también está limitada nuestra responsabilidad dentro
del párrafo tres a sustitución del daño ocurrido
previsible y típico..
La responsabilidad por infracción
culpable de la vida, del cuerpo o de la salud queda desatendida;
esto también tiene validez para la responsabilidad obligatoria
según la ley de responsabilidad de productos.
Si anteriormente no está
regulado nada discrepante, la responsabilidad se excluye. Se avisa
expresamente al comprador que la mercancía recibida (pienso
y sustituciones de alimentación para humanos) tal y como
otros productos, que están sujetos a perecederos rápidos,
hay que almacenar como es debido, es decir proteger del calor, humedad
y demasiada luz, tal y como contra parásitos. En caso de
no cumplir las indicaciones de almacenamiento que están indicadas
en cada uno de los productos, una responsabilidad por parte del
fabricante/distribuidor está excluida.
El plazo prescriptivo para el
derecho de defectos son seis meses en piensos, si no doce meses,
calculado a partir del traspaso de peligro. En casos particulares
el plazo prescriptivo termina con la fecha de caducidad, impreso
en cada producto.
Responsabilidad
Una responsabilidad de indemnización
de daño y perjuicio distinta que está prevista en
estas condiciones 6, está excluida, no teniendo en cuenta
el carácter de derecho vigente. Esto, sobre todo, afecta
a derechos de indemnización de daño y perjuicio por
culpa, en el momento del cierre del contrato, por otros daños
de obligaciones o por derechos delitos a recompensación de
daño material.
Por lo que la responsabilidad
de indemnización de daños y perjuicios está
excluido o limitado, cara a nosotros, también tiene validez
cara a la responsabilidad personal de indemnización de daños
y perjuicios por parte de nuestros empleados, representantes y ayudantes
de cumplimiento.
Aseguramiento de reserva de propiedad
St.Hippolyt se reserva el derecho
de propiedad de la mercancía, hasta la entrada de todos los
pagos del contrato de la compra. En caso de actitud contrario al
contrato por parte del comprador, sobre todo en caso de retraso
de pago, tenemos el derecho de aceptar la devolución de la
mercancía. Con la aceptación de la devolución
de la mercancía por parte nuestra, no se trata de una disolución
del contrato, sólo en caso de que nosotros lo hayamos declarado
expresamente por escrito. En el embargo de la mercancía por
nosotros, siempre se trata de una disolución del contrato.
Después de la devolución de la mercancía tenemos
el derecho de la utilización de la misma, por lo cual el
ingreso de la utilización se abona a las deudas del comprador,
descontando los costes adecuados del aprovechamiento (costes de
devolución y tratamiento de la mercancía devuelta).
El comprador está obligado
de tratar la mercancía adecuadamente; sobre todo está
obligado de asegurarla lo suficiente, a coste propio y por el valor
nuevo, contra daños por fuego, agua y robo. Si fueran necesarios
trabajos de inspección, el comprador lo tiene que llevar
a cabo a tiempo y coste propio.
En caso de embargos o otras intervenciones
de terceros, el comprador nos tiene que informar inmediatamente
por escrito, para que podamos presentar demanda. En caso de que
el tercero no sea capaz de abonar los costes judiciales y extrajudiciales
de una demanda, el comprador responde por la pérdida que
nos produjo.
El comprador no tiene el derecho
de revender la mercancía de forma ordinaria sin previa autorización
expresa por nuestra parte.
La transformación de la
mercancía por el comprador, siempre deberá ser autorizada
por nosotros. Si se transforma la mercancía con otras cosas
que no sean de nosotros, entonces adquirimos la propiedad parcial
de esta cosa nueva en la proporción del valor de la mercancía
(importe final de factura, incluyendo el IVA) a los demás
cosas transformados a la hora de la transformación. Para
la cosa creada nueva por transformación, será válido
lo mismo que para la mercancía entregada con reservas.
Si la mercancía se mezcla
con otras cosas que no sean de nosotros, entonces adquirimos la
propiedad parcial de esta cosa nueva en la proporción del
valor de la mercancía (importe final de factura, incluyendo
el IVA) a los demás cosas mezcladas a la hora de la mezcla.
En caso de que la mezcla se hace de tal forma de que esta cosa del
comprador se ve como cosa principal, entonces vale para acordado
que el comprador nos traspasa la propiedad parcial proporcional.
El comprador guarda la propiedad que resultó por esto o la
propiedad compartida para nosotros.
El comprador también nos
traspasa los cobros pendientes para asegurar los cobros pendientes
a él, los que resultan de la relación de la mercancía
con un tercero.
Tenemos la obligación
de informar al comprador bajo petición, de nuestras garantías
que nos corresponden, en caso de que el valor realizable de nuestras
garantías que cubren las deudas, sobrepasan más de
un 10 %; la elección de las garantías nos incube a
nosotros.
Jurisdicción y lugar de cumplimiento
En caso de que el comprador sea
comerciante, nuestra sede es la jurisdicción; pero tenemos
el derecho, de entablar un pleito contra el comprador también
en su juzgado correspondiente a su domicilio o en la dirección
de la sede de su negocio.
Es válido el derecho de
España; la validez del derecho de compra de la CEE se queda
descartado.
En caso de que no resulte otra cosa
de la confirmación del pedido, el lugar de cumplimiento es
nuestra sede.
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